• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: ANA MARIA PILAR ALVAREZ RODRIGUEZ
  • Nº Recurso: 1497/2024
  • Fecha: 05/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Confirma la sentencia del Juez Penal que condena a un acusado como autor responsable de un delito de quebrantamiento de medida cautelar. Acusado que, estando vigente una orden de protección que le prohíbe acercarse a su pareja sentimental, es sorprendido cuando se encuentra en su compañía. Derecho de defensa y su manifestación como derecho a proponer prueba en juicio. Juicio sobre la pertinencia, necesidad y relevancia de la prueba propuesta. Para la vulneración del derecho a utilizar los medios de prueba pertinentes se requiere, además de la infracción de la legalidad procesal, la acreditación de que con la denegación del medio de prueba se ha generado una real y efectiva indefensión. Propuesta e inadmisión de prueba documental que se considera sin capacidad de alterar el sentido de la decisión. Dolo típico del delito de quebrantamiento. Conocimiento de la vigencia de la orden de protección y voluntad de infringir la prohibición. Error de tipo y error de prohibición. Doctrina sobre la presencia y eficacia del error. Carga de la prueba del error relevante.
  • Tipo Órgano: Sala de Apelación de la Audiencia Nacional
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE RAMON GONZALEZ CLAVIJO
  • Nº Recurso: 6/2025
  • Fecha: 04/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El tribunal de segunda instancia no puede reconstruir el hecho probado a partir de una nueva valoración de la prueba practicada en la instancia. Valoración correcta de la pericial. A efectos de determinar la naturaleza de las operaciones llevadas a cabo, ganancias patrimoniales no justificadas o donaciones, no se aprecia en el juicio de inferencia llevado a cabo error sino que, por el contrario, responden a criterios racionales y lógicos. al considerar que existen indicios de tratarse de donación. No es posible condenar a la acusada por otro título de imputación como sería el no haber satisfecho el impuesto de sucesiones y donaciones, cuando la acusación se formula por defraudación fiscal en el IRPF. Demanda de decomiso autónomo que no puede prosperar al encontrase prescritos los delitos contra la Hacienda Pública. Si se ha previsto esta forma de decomiso, ante la inexistencia de sentencia de condena, precisamente para evitar el riesgo de prescripción, es evidente que el decomiso no puede exigirse cuando los hechos han prescrito, pues en modo alguno pretende el legislador hacer renacer la posibilidad de ejercitar acciones de decomiso derivadas de un delito ya prescrito.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Ciudad Real
  • Ponente: FULGENCIO VICTOR VELAZQUEZ DE CASTRO PUERTA
  • Nº Recurso: 19/2025
  • Fecha: 03/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Alcance de la revisión de la valoración probatoria efectuada en la instancia que le corresponde hacer al tribunal de apelación cuando se invoca como motivo de apelación la vulneración de la presunción constitucional de inocencia. Validez como prueba de las fotografías obtenidas por cámaras de fototrampeo instaladas en lugar abierto del coto de caza con finalidad de control de la caza. No hay invasión de la intimidad ni la dignidad personal. Ante la ausencia de ocupación de arma alguna al acusado, se declara la insuficiencia para fundamentar la condena por delito de tenencia ilícita de armas de la documental fotográfica donde se identifica al acusado portando una mochila de la que sobresale lo que parece la culata de un arma larga. Para su comisión hace falta que el arma sea idónea y apta para poder ser utilizada según su función. La demostración de la idoneidad tiene que estar acreditada de manera fehaciente, inequívoca e incuestionable; y esa carga corresponde a las acusaciones.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Santander
  • Ponente: JUAN JOSE GOMEZ DE LA ESCALERA
  • Nº Recurso: 64/2024
  • Fecha: 03/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Condena a dos acusadas como autoras responsables de un delito de frustración de la ejecución. Acusadas que en su condición de administradora y apoderadas de una sociedad mercantil que tiene contraídas deudas con la tesorería de la Seguridad Social, con el fin de eludir el cumplimiento de sus obligaciones e impedir que la Seguridad Social pudiera hacer efectivos sus créditos, realizan distintas conductas para evitar que bienes inmuebles de gran valor económico pudieran ser trabados por la Administración, sacándolos del patrimonio de la sociedad y haciendo con ello ineficaz el procedimiento ejecutivo de recaudación. Delito de defraudación de la ejecución. Elementos característicos del tipo penal. Se trata de un delito de tendencia en el que basta la intención de perjudicar a los acreedores mediante la ocultación que obstaculiza la vía de apremio. No se exige para la aparición del delito que la vía ejecutiva quede total y absolutamente cerrada, bastando con que se realice la ocultación o sustracción de bienes. El perjuicio real para los acreedores no forma parte del iter delictivo, sino que pertenece a la fase de agotamiento. Delito continuado. Pluralidad de actos que son concebidos como unidad de valoración típico de un único delito de frustración de la ejecución
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Palma de Mallorca
  • Ponente: RAQUEL MARTINEZ CODINA
  • Nº Recurso: 124/2024
  • Fecha: 03/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El Juzgado de lo penal condena al acusado como autor de un delito continuado de robo con fuerza en establecimiento abierto al público fuera de las horas de apertura concurriendo la agravante de reincidencia a la pena de cuatro años de prisión. La representación procesal del acusado interpone recurso de apelación alegando error en la valoración de la prueba y vulneración del principio de presunción de inocencia. Solicita la revocación de la sentencia y la libre absolución. La audiencia Provincial desestima el recurso de apelación, confirma la sentencia señalando que no concurre arbitrariedad ni falta de lógica en los razonamientos jurídicos empleados, se fundamenta en la prueba practicada en juicio con inmediación, sin que la versión ofrecida por el acusado deje de ser una mera versión auto exculpatoria de los hechos.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Burgos
  • Ponente: FRANCISCO MANUEL MARIN IBAÑEZ
  • Nº Recurso: 78/2024
  • Fecha: 03/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala confirma la sentencia que condenó por sendos delitos de resistencia a agentes de la Autoridad y delitos leves de lesiones. Las declaraciones de los agentes de la Policía tienen, en este caso en que intervienen en los hechos, valor de prueba testifical, sin que deban ser sobrevaloradas pues ello supondría una degradación del derecho de presunción de inocencia. En el caso presente los actos de desobediencia no constituyen meras infracciones administrativas sino que desatendieron los requerimientos de los agentes, llegando a decir injurias contra ellos, "hijos de puta" y similares. En el presente caso, la calificación de los hechos como constitutivos del delito de resistencia del artículo 556.1 del Código Penal es proporcionada a la entidad y gravedad de los hechos, máxime si se tiene en cuenta que en la resistencia desplegada por los acusados, ahora recurrentes en apelación, éstos llegaron a ejercer violencia física sobre los agentes actuantes, violencia que bien pudiera haber provocado la calificación de sus acciones como constitutivas de un delito de atentado.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Valladolid
  • Ponente: MARIA SOLEDAD ORTEGA FRANCISCO
  • Nº Recurso: 104/2025
  • Fecha: 03/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala confirma la condena por un delito continuado de quebrantamiento de condena cometido en el ámbito de la violencia de género. Para la jurisprudencia, el tipo objetivo del delito del art. 468.2, del Código Penal, sólo requiere que el autor sepa que es el destinatario de un mandato judicial en el que se le impone la prohibición de acercarse a la víctima, o en su caso comunicarse con ella, o ambas prohibiciones, por lo que el tipo subjetivo, es decir el dolo, se define por el conocimiento del mandato judicial que le incumbe y que el autor sepa que se produce su vulneración con cualquier comunicación con la víctima o el acercamiento a ella, más allá de los límites espaciales fijados. En este supuesto, el acusado se acercó en dos ocasiones y en días distintos a la víctima, colmándose los requisitos del delito, distinguiendo la jurisprudencia entre los conceptos de dolo y móvil, el primero se colma cuando el autor sabe lo que hace y quiere hacerlo, (como aquí ocurrió), con independencia de cuales fueran las motivaciones que le determinaron a actuar como lo hizo, que es lo que corresponde al segundo, por lo que mientras no se incorpore el móvil o ánimo especial al tipo de injusto, no tendrá efecto para la exclusión de la tipicidad.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JAVIER VIEIRA MORANTE
  • Nº Recurso: 14/2024
  • Fecha: 03/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Difusión, través de varias plataformas digitales o redes sociales de Internet, de mensajes y videos en reconocimiento y alabanza al martirio por ideales islámicos, que suponen un sutil enaltecimiento de los terroristas que utilizan medios violentos para imponer su ideología radical. Delito de enaltecimiento del terrorismo. Comportamiento activo, que excluye la comisión omisiva, y con sustantividad propia distinta de la apología.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Santander
  • Ponente: AGUSTIN ALONSO ROCA
  • Nº Recurso: 76/2024
  • Fecha: 28/02/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: QUEBRANTAMIENTO DE MEDIDA CAUTELAR, AGRESIÓN SEXUAL, DETENCIÓN ILEGAL Y ALLANAMIENTO DE MORADA: el acusado accedió al domicilio de la persona protegida y discusión con ella, dando un puñetazo en la pared, sin que se haya acreditado la comisión de otro ilícito. CONTENIDO DEL DELITO DE QUEBRANTAMIENTO: el acusado reconoce que conocía la resolución y su contenido, sin que aporte justificación alguna para esta conducta. DECLARACIÓN DE LA VÍCTIMA: la credibilidad de la víctima no tiene carácter absoluto y los criterios establecidos para valorar su eficacia como prueba no son rígidos. Cuando la declaración carece de lógica interna y no hay elementos externos de corroboración, nada respalda la validez del relato de cargo.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: PABLO LLARENA CONDE
  • Nº Recurso: 5126/2022
  • Fecha: 28/02/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La desatención reiterada al requerimiento de los agentes de policía para ponerse una mascarilla que cubriera nariz y boca es subsumible en el delito de desobediencia, debido a la finalidad que tenía para prevenir un riesgo sanitario de indudable gravedad y alcance, así como el criterio jurisprudencial de que la salud pública es merecedora de una significada protección y que las decisiones de autoridad que tienden a su salvaguarda merecen una marcada observancia. La declaración de inconstitucionalidad de determinados artículos del Real Decreto por el que se declaró el estado de alarma no afectó a la obligación normativa de portar mascarilla.

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